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Ley de inmigración de Estados Unidos
La ley de inmigración estadounidense puede ser muy compleja, por lo que es fundamental contar con asistencia legal experta. Los abogados de AOE Law & Associates, Inc. ofrecen atención inmediata a nuestros clientes, garantizando que cada petición se prepare cuidadosamente y se revise a fondo. Ofrecemos representación legal experta en las siguientes áreas:

Nuestra firma ha ayudado a cientos de extranjeros con familiares, como cónyuges, prometidos, padres, hijos o hermanos, que son ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes (LPR), a obtener beneficios migratorios, incluyendo la residencia permanente y la ciudadanía. Brindamos asistencia con todo tipo de peticiones familiares y hemos tenido éxito en la mayoría de nuestros casos.
Peticiones basadas en trabajo:
Hemos ayudado a muchos de nuestros clientes empleadores a obtener beneficios migratorios para sus empleados. Nuestras áreas de práctica incluyen solicitudes H1B para trabajadores especializados, visas O, Perm, certificación laboral y visas de inversionista.
DEFENSA PARA PERSONAS EN PROCEDIMIENTOS DE DEPORTACIÓN O REMOCIÓN
Hemos ayudado literalmente a cientos de clientes que han enfrentado persecución en el pasado o tienen un “temor fundado de persecución” basado en raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social u opinión política en su país de origen a obtener asilo y, en última instancia, la residencia permanente en los Estados Unidos.
Las solicitudes de asilo son complejas y tienen plazos estrictos. Nuestros abogados de inmigración comprenden lo que buscan el USCIS y los Tribunales de Inmigración, y saben cómo identificar los datos cruciales de su solicitud. Preparamos su caso meticulosamente, asegurándonos de que esté completa, precisa y actualizada. Lo representamos ante los tribunales de inmigración, presentando su caso eficazmente. Hemos obtenido asilo para nuestros clientes, incluso en casos de deportación muy complejos.
La suspensión de expulsión es un estatus similar al asilo, pero menos seguro. Quienes obtienen la suspensión de expulsión tienen derecho a permanecer en Estados Unidos y trabajar legalmente. Sin embargo, a diferencia de los asilados, quienes obtienen la suspensión no tienen derecho a solicitar la residencia permanente legal. Quienes obtienen la suspensión tienen una orden final de expulsión (deportación) en su contra, por lo que si alguna vez viajan fuera de Estados Unidos, no se les permitirá regresar. Al igual que con el asilo, una solicitud de suspensión debe basarse en el temor a la persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política. Sin embargo, el estándar para la suspensión es más estricto que para el asilo. Para obtener el asilo, el solicitante debe demostrar un temor fundado y, para obtener la suspensión, debe demostrar que es más probable que enfrente persecución si regresa a su país. En otras palabras, un solicitante de asilo debe demostrar que es posible que enfrente persecución, mientras que un solicitante que retiene su solicitud debe demostrar que es probable que sufra persecución en el futuro. Existen ciertos delitos que pueden descalificar a los solicitantes para obtener asilo, pero que no los hacen inelegibles para la retención. El principal beneficio es que se les permite permanecer en Estados Unidos. Se les permite obtener una autorización de empleo y recibir la mayoría de los mismos beneficios gubernamentales que a los asilados.
Hemos presentado con éxito mociones para reabrir casos que llevaban varios años cerrados y hemos ganado numerosas apelaciones en diversos Tribunales de Apelaciones, incluyendo los Circuitos 4.º, 5.º y 9.º. Nuestros abogados conocen a fondo los plazos y regulaciones importantes. Si ha perdido su caso de inmigración en el Tribunal de Inmigración, no dude en contactarnos.
No se arriesgue confiando su caso a un abogado o asistente legal sin experiencia. Confíe en la experiencia y trayectoria de éxito de nuestra firma y benefíciese de contar con un abogado de inmigración calificado y experimentado que supervise personalmente su caso hasta su finalización. Si bien ningún caso es demasiado pequeño para nuestra consideración, tampoco lo es demasiado complejo. A lo largo de los años, nuestra oficina ha manejado miles de casos en nuestras reconocidas áreas de práctica, y no es exagerado decir que hemos representado a clientes en los casos más complejos, incluyendo asuntos novedosos.
Nuestra firma ha manejado casos litigados en Tribunales de Inmigración en todo Estados Unidos y en el estado de California.
Trabajadores esenciales (H-2B)
Opciones de visa de no inmigrante
Visa de estudiante (F-1)
Trabajadores profesionales (H1-B)
La visa comercial NAFTA (TN)
Visas de visitante B-1 (negocios) y B-2 (turista)
Visa de no inmigrante
Transferidos dentro de la empresa (L-1)
Comerciantes/Inversores bajo Tratado (E-1/E-2)
Atletas/Artistas/Artistas (O-1)
Trabajadores religiosos (R-1)
Los extranjeros que teman ser torturados, ya sea directamente por su gobierno o con su aquiescencia, si regresan a su país de origen pueden calificar para recibir protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT), que les permite permanecer en Estados Unidos. A diferencia del asilo y la retención, para calificar bajo la CAT, no es necesario demostrar que el abuso que sufrirá se debe a una de las cinco características protegidas (raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política). Sin embargo, el estándar para la CAT, que es más probable que el solicitante sea torturado, es muy alto y los casos de CAT no se conceden con frecuencia. La razón principal por la que una persona podría solicitar la CAT es que si cumple con el alto estándar de protección, se le debe otorgar, incluso si ha sido condenado por delitos muy graves (incluidos delitos graves con agravantes) en Estados Unidos. Sin embargo, si el gobierno estadounidense considera que una persona a la que se le ha concedido la protección contra la tortura representa un peligro para la comunidad por haber cometido delitos muy graves, podría detenerla incluso después de haber obtenido la protección contra la tortura. No hay un plazo de un año para solicitar la protección contra la tortura. Cuando nuestros abogados representan a clientes en el Tribunal de Inmigración, nos tomamos su caso personalmente; contratamos a los peritos necesarios y ofrecemos la mejor defensa para nuestros clientes.
Cualquier persona cuya vida o libertad se vea amenazada en su país de origen debido a una de las cinco causas reconocidas de asilo está protegida contra la deportación según el derecho estadounidense e internacional. Estados Unidos otorga el Estatus de Protección Temporal (TPS) a personas de países que han sufrido desastres naturales o enfrentan guerras o graves disturbios civiles que desplazan a sus ciudadanos. El TPS permanece vigente mientras persistan las condiciones de inseguridad en el país afectado. Ofrecemos una consulta inicial gratuita y confidencial sobre su solicitud de asilo.